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Daño moral y personas jurídicas

.
(1985)

Abstract

toda persona titular de derechos subjetivos, puede ser sujeto pasivo de daños o agravios morales. De igual manera se puede afirmar que las personas jurídicas o de existencia ideal pueden sufrir agravios, ya que ese ente colectivo es titular de determinados bienes personalísimos, lógicamente, con exclusión de aquellos derechos originados en las relaciones nacidas, del emplazamiento en la familia, y que son privativas de las personas individuales

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